lunes, 7 de diciembre de 2009

Despidos en Crónica de Buenos Aires




 

Federación Argentina de Trabajadores de Prensa

 

Buenos Aires

Crónica despide trabajadores en

medio de conciliación obligatoria

 

       La Federación Argentina de Trabajadores de Prensa expresó su solidaridad con los trabajadores del Diario Crónica, que vienen siendo víctimas de una crisis producida artificialmente por la empresa para llevar adelante un perverso plan de achicamiento económico que no puede justificar en sus balances.

 

            Nuevos despidos se han producido en una etapa de conciliación obligatoria, violando una medida dictada por el Ministerio de Trabajo de la Nación que dispuso no innovar en la búsqueda de una solución seria al conflicto planteado.

            Desde distintos puntos del país, los trabajadores de prensa vienen manifestando su apoyo a los compañeros de Crónica y el repudio al accionar de empresarios que avasallan sin miramientos derechos laborales y sindicales, mientras deforman informaciones y opiniones, con grave perjuicio para la sociedad toda.

 

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2009

Federación Argentina de Trabajadores de Prensa  (FATPREN)

Afiliada a la Federación Internacional de Periodistas (FIP)

 

            José Insaurralde                  Gustavo Granero

            Secretario adjunto               Secretario general

                       

                                       Rubén Corral

                                    Secretario gremial

 

 

 


viernes, 4 de diciembre de 2009

NOS ENCONTRAMOS EN LA AUDIENCIA DE CONCILIACION EL 14 DE DICIEMBRE

CANAL 9: DICTARON CONCILIACION OBLIGATORIA

El delegado de la Secretaria de Trabajo de la provincia de Chubut, Marcial Paz, dictó conciliación
obligatoria en el conflicto desatado en Canal 9, tras el despido de la compañera, Liliana Romero.
Esto retrotrae el conflicto a foja 0 y este fin de semana tiene que retornar a sus tareas habituales.
Tenemos 15 días para que la patronal entienda que esta cometiendo una atropello, un delito, que
atenta contra todas las organizaciones gremiales del país.
El 14 de diciembre, a las 9 de la mañana tendremos la primera audiencia de conciliación.
La convocatoria es a seguir de cerca el desarrollo de la audiencia en la que deberá estar
presente Daniel Fasciglione, gerente de Protel Patagónica, y su asesor legal; además de los representantes del Sindicato de Prensa de Comodoro Rivadavia, Mónica Baeza, secretaria general y Stella Armesto, secretaria gremial, y los asesores legales, Gustavo Menna, Juan Gutiérrez Hauri y Analia Ruíz.

Aquí podés conocer la resolución del delegado de Trabajo:

TEXTOS DE LA CONCILIACION OBLIGATORIA




EL CONSEJO DELIBERANTE REPUDIO EL DESPIDO DE NUESTRA DIRIGENTE GREMIAL


miércoles, 2 de diciembre de 2009

COMUNICADO DE FATPREN POR DESPIDO DE LILIANA ROMERO

Conflicto en Canal 9 por despido
de dirigente de prensa


Un conflicto se ha desatado en el Canal 9 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, donde los propietarios despidieron a la periodista Liliana Romero, miembro del Sindicato de Prensa de Comodoro.

Anoche hubo una concentración frente al Canal donde los compañeros de trabajo de Liliana y de otros medios reclamaron por el reintegro a su puesto laboral y para que se respete el derecho a ejercer sus funciones como dirigente sindical, amparada en la legislación laboral vigente.


La FATPREN se sumó a las voces de repudio por la actitud persecutoria del Canal hacia una dirigente de prensa, que cuenta con todos los derechos legales para participar en la vida sindical. El Sindicato de Prensa de Comodoro Rivadavia ya inició las acciones correspondientes para la reinstalación de la compañera en su puesto de trabajo.

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2009
Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN)
Afiliada a la Federación Internacional de Periodistas (FIP)


José Insaurralde Gustavo Granero
Secretario adjunto Secretario general

Hugo Pafumi Rubén Corral
Pro secretario gremial Secretario gremial

NOTA ENVIADA A CANAL 9 DE CTA NACION POR EL DESPIDO DE LA COMPAÑERA LILIANA ROMERO


Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de diciembre de 2009.-

Sres. Dirección de Canal 9
Comodoro Rivadavia

La Federación Judicial Argentina se solidariza con el Sindicato de Prensa de Comodoro Rivadavia, que se encuentra en estado de alerta y movilización ante el despido de la compañera Liliana Romero, trabajadora de Canal 9 y miembro de Comisión Directiva del Sindicato de Prensa.
Como ellos rechazamos terminantemente un nuevo ataque a la Libertad Sindical que el Estado debiera garantizar y las empresas cumplir a la luz del ordenamiento legal vigente.
Nuestra Constitución Provincial y su necesaria y explícita derivación a la Constitución Nacional protege el trabajo y al trabajador. El despido de una compañera dirigente gremial atenta evidentemente contra expresas disposiciones constitucionales mencionadas.

La garantía de estabilidad de un dirigente gremial es un instituto ideado para protección del conjunto de los trabajadores y principio liminar de sus derechos (sean privados o públicos) que encuentran anclaje en la Constitución de la Provincia, a saber: “ARTICULO 17. En ningún caso el Gobierno de la Provincia puede suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación, ni la vigencia efectiva de las garantías y derechos establecidos en ambas”; por lo que obviamente extiende los derechos que fija la Constitución Nacional que en su art. 14 bis establece expresamente los derechos laborales y en su art. 75 inc. 22) introduce con alcance constitucional los tratados internacionales que definen a los derechos laborales como derechos humanos (convenios OIT; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; etc.).
Los derechos adquiridos como bien tutelado en la Constitución Nacional no pueden ser unilateralmente modificados en perjuicio de los trabajadores.
El art. 19 de la Constitución de la Provincia eleva la protección de derechos, disponiendo que “Los derechos, declaraciones y garantías enumerados en la Constitución Nacional y en esta Constitución, no se entienden como negación de otros derechos y garantías no enumerados, pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno y que corresponden al hombre en su calidad de tal, como individuo y como integrante de las formaciones sociales en donde desarrolla su personalidad y busca el cumplimiento de sus deberes ineludibles de solidaridad política, económica y social”.

Debería asimismo la Dirección de Canal 9 revisar su proceder a la luz de lo dispuesto por el art. 22 de la Constitución, que establece que “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución Nacional y la presente reconocen, se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados y los acuerdos internacionales sobre la misma materia ratificados por la Nación Argentina...”
El despido de Liliana Romero viola derechos humanos fundamentales, violenta principios constitucionales, ataca derechos esenciales de los trabajadores y por tanto irrenunciables por imperio legal.
Por ello exigimos la REINCORPORACION INMEDIATA DE LA COMPAÑERA LILIANA ROMERO.


Carlos Ordóñez Víctor Mendibil
Co-Secretario General de FJA Secretario General de FJA

José Luis Ronconi
Secretario Adjunto de FJA