Dos causas contra Showmatch y el diario Clarín por violencia mediática no avanzan en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) ni en el Poder Judicial. En el primer caso, el expediente está a la firma de Gabriel Mariotto desde hace al menos siete meses, y en el segundo la jueza está en condiciones de dictar sentencia desde marzo del 2011, pero aún no lo hizo. En el caso del AFSCA, sorprende en el expediente la falta de mención a la vulneración de la Ley de Violencia de Género.
Por Sandra Chaher
En mayo del 2011 anunciamos en Artemisa Noticias que estaba lista para que se dictara sentencia una causa contra el diario Clarín por violencia mediática en el caso de la nota 'La fábrica de hijos: conciben en serie y obtienen una mejor pensión del Estado' publicada por el diario el 5 de abril del 2009. Menos de un mes antes había sido sancionada la Ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones Interpersonales, conocida como ley de Violencia de Género, que tipifica la violencia mediática.
El artículo cuestionado había sido realizado por el periodista Pablo Calvo, enviado especial a Entre Ríos, y señalaba que se había cuadruplicado desde el año 2003 la cantidad de mujeres con familia numerosa (siete o más) y que si bien era habitual en esa zona del país que la prole fuera extensa, las mujeres estarían además siendo madres para obtener un subsidio del Estado. Si bien el artículo no es más discriminatorio ni humillante hacia las mujeres que muchos otros que diariamente se leen en la prensa gráfica, fue tomado como caso testigo por tres legisladoras nacionales -Diana Conti, Juliana Di Tulio y María Teresa García- para batallar contra la violencia hacia las mujeres en los medios de comunicación.
El argumento del amparo judicial que presentaron fue que la nota estigmatizaba a las mujeres de sectores populares 'como incapaces para decidir libremente la concepción de un hijo o dispuestas a procrear a fin de obtener una prestación social' e invocaron algunos de los acuerdos internacionales ratificados por Argentina y con jerarquía constitucional desde el ’94 -el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención de los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención para Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Belém do Pará- además de la figura jurídica de violencia mediática presente en la Ley 26485 de Violencia de Género. La violencia mediática es definida por esta ley como 'aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadoras de violencia contra las mujeres'.
Terminado un extenso período de prueba, solicitado por Clarín, en marzo del 2011, la causa debería haber recibido inmediata sentencia por parte de la jueza Inés Sotomayor ya que se trata de un amparo judicial cuya resolución no debería extenderse en el tiempo, sin embargo esto aún no sucedió. En el entorno de las legisladoras se presume que la demora pueda deberse al desinterés de la magistrada en tener un conflicto con el pool de medios que Clarín lidera y, mientras esperan, las abogadas de las legisladoras pidieron a la jueza que informe sobre la causa a la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema, en cumplimiento al rol que tiene esta Oficina de velar el respeto a la perspectiva de género y no discriminación hacia las mujeres en el Poder Judicial.
Los abusos de Tinelli
Showmatch es un programa histórico en el maltrato hacia las mujeres en los medios. Ya recibió informes negativos del Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión, sanciones del antiguo COMFER y, apenas nacida la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), después de reglamentada la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, también se le iniciaron tres expedientes administrativos a fines del 2010 en los que se cuestionaba la discriminación en la 'gala del streapdance', Bailando por un sueño Kids, y el concurso 'Quiero ser la novia de Ricardo Fort'.
Ese expediente elaborado a fines del 2010, ya fue comunicado a ideas del Sur (productora de Showmatch), que lo rechazó, y las sanciones esperan la firma del director del AFSCA, Gabriel Mariotto, desde marzo del 2011 (dentro del organismo aducen la demora al exceso de trabajo de este año por el control de las publicidades electorales). El trámite administrativo dentro de AFSCA, lento de por si y lentificado aún más por las coyunturas políticas, puede devenir además en una causa judicial que lo extienda en el tiempo, con lo cual una posible sanción para Showmatch no llegaría antes del 2012.
El lunes 3, el programa sumó un nuevo expediente en AFSCA con el desnudo total protagonizado por Cinthia Fernández en Bailando por un sueño. Si bien el organismo tiene la posibilidad de sancionar la discriminación y humillación hacia las mujeres a través de la Ley de Violencia de Género, sorprende que esta última evaluación sólo haya contemplado la infracción de la Ley Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Consultado sobre esto, Claudio De Cousandier –Director Nacional de Evaluación del organismo- señala: 'Dimos prioridad a la protección de los niños. Puede ser que haya estereotipación de la mujer y una infracción a la Ley de Violencia de Género, lo tendremos en cuenta'.
Esta falta de mención a la Ley de Violencia de Género sorprende particularmente porque es ampliamente reconocida por el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión, un organismo integrado por el AFSCA, el Consejo Nacional de las Mujeres y el Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI). En el año 2008, el Observatorio publicó el Informe sobre el Programa Showmatch citado en el expediente iniciado por AFSCA contra Showmatch a fines del 2010, en el que se señala: 'La mujer es cosificada mediante el recurso de fragmentación de su cuerpo a través del eso estratégico de las cámaras, mostrando sus gluteos y pechos de forma insistente y mediante planos detalles. Es así como se le adjudica el valor de objeto de deseo en menoscabo de otras virtudes y/o cualidades y se exalta un estereotipo de mujer con una figura física determinada. Si a la idea de preferencia de ciertas partes del cuerpo femenino se vincula dicha cosificación, agregamos que la relación de dominio masculino sobre el femenino contribuye a mantener la inequidad y la jerarquía de género que predominan en nuestra sociedad. Cuando se visualiza el cuerpo femenino como objeto consumible, al que se le niega subjetividad, voluntad y acción, se fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación y en la violencia simbólica. En este sentido, también hay una visión sexista del varón, que es presentado como un ser que no puede controlar sus impulsos sexuales'.
Este año, el Observatorio también incluyó a Showmatch entre los cuatro programas que más discriminan de la televisión argentina (junto Bendita TV, Antes del mediodía y Resumen de los medios). Entre las prácticas discriminatorias, la violencia de género fue la segunda más mencionada.
Por Sandra Chaher
En mayo del 2011 anunciamos en Artemisa Noticias que estaba lista para que se dictara sentencia una causa contra el diario Clarín por violencia mediática en el caso de la nota 'La fábrica de hijos: conciben en serie y obtienen una mejor pensión del Estado' publicada por el diario el 5 de abril del 2009. Menos de un mes antes había sido sancionada la Ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones Interpersonales, conocida como ley de Violencia de Género, que tipifica la violencia mediática.
El artículo cuestionado había sido realizado por el periodista Pablo Calvo, enviado especial a Entre Ríos, y señalaba que se había cuadruplicado desde el año 2003 la cantidad de mujeres con familia numerosa (siete o más) y que si bien era habitual en esa zona del país que la prole fuera extensa, las mujeres estarían además siendo madres para obtener un subsidio del Estado. Si bien el artículo no es más discriminatorio ni humillante hacia las mujeres que muchos otros que diariamente se leen en la prensa gráfica, fue tomado como caso testigo por tres legisladoras nacionales -Diana Conti, Juliana Di Tulio y María Teresa García- para batallar contra la violencia hacia las mujeres en los medios de comunicación.
El argumento del amparo judicial que presentaron fue que la nota estigmatizaba a las mujeres de sectores populares 'como incapaces para decidir libremente la concepción de un hijo o dispuestas a procrear a fin de obtener una prestación social' e invocaron algunos de los acuerdos internacionales ratificados por Argentina y con jerarquía constitucional desde el ’94 -el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención de los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención para Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Belém do Pará- además de la figura jurídica de violencia mediática presente en la Ley 26485 de Violencia de Género. La violencia mediática es definida por esta ley como 'aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadoras de violencia contra las mujeres'.
Terminado un extenso período de prueba, solicitado por Clarín, en marzo del 2011, la causa debería haber recibido inmediata sentencia por parte de la jueza Inés Sotomayor ya que se trata de un amparo judicial cuya resolución no debería extenderse en el tiempo, sin embargo esto aún no sucedió. En el entorno de las legisladoras se presume que la demora pueda deberse al desinterés de la magistrada en tener un conflicto con el pool de medios que Clarín lidera y, mientras esperan, las abogadas de las legisladoras pidieron a la jueza que informe sobre la causa a la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema, en cumplimiento al rol que tiene esta Oficina de velar el respeto a la perspectiva de género y no discriminación hacia las mujeres en el Poder Judicial.
Los abusos de Tinelli
Showmatch es un programa histórico en el maltrato hacia las mujeres en los medios. Ya recibió informes negativos del Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión, sanciones del antiguo COMFER y, apenas nacida la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), después de reglamentada la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, también se le iniciaron tres expedientes administrativos a fines del 2010 en los que se cuestionaba la discriminación en la 'gala del streapdance', Bailando por un sueño Kids, y el concurso 'Quiero ser la novia de Ricardo Fort'.
Ese expediente elaborado a fines del 2010, ya fue comunicado a ideas del Sur (productora de Showmatch), que lo rechazó, y las sanciones esperan la firma del director del AFSCA, Gabriel Mariotto, desde marzo del 2011 (dentro del organismo aducen la demora al exceso de trabajo de este año por el control de las publicidades electorales). El trámite administrativo dentro de AFSCA, lento de por si y lentificado aún más por las coyunturas políticas, puede devenir además en una causa judicial que lo extienda en el tiempo, con lo cual una posible sanción para Showmatch no llegaría antes del 2012.
El lunes 3, el programa sumó un nuevo expediente en AFSCA con el desnudo total protagonizado por Cinthia Fernández en Bailando por un sueño. Si bien el organismo tiene la posibilidad de sancionar la discriminación y humillación hacia las mujeres a través de la Ley de Violencia de Género, sorprende que esta última evaluación sólo haya contemplado la infracción de la Ley Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Consultado sobre esto, Claudio De Cousandier –Director Nacional de Evaluación del organismo- señala: 'Dimos prioridad a la protección de los niños. Puede ser que haya estereotipación de la mujer y una infracción a la Ley de Violencia de Género, lo tendremos en cuenta'.
Esta falta de mención a la Ley de Violencia de Género sorprende particularmente porque es ampliamente reconocida por el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión, un organismo integrado por el AFSCA, el Consejo Nacional de las Mujeres y el Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI). En el año 2008, el Observatorio publicó el Informe sobre el Programa Showmatch citado en el expediente iniciado por AFSCA contra Showmatch a fines del 2010, en el que se señala: 'La mujer es cosificada mediante el recurso de fragmentación de su cuerpo a través del eso estratégico de las cámaras, mostrando sus gluteos y pechos de forma insistente y mediante planos detalles. Es así como se le adjudica el valor de objeto de deseo en menoscabo de otras virtudes y/o cualidades y se exalta un estereotipo de mujer con una figura física determinada. Si a la idea de preferencia de ciertas partes del cuerpo femenino se vincula dicha cosificación, agregamos que la relación de dominio masculino sobre el femenino contribuye a mantener la inequidad y la jerarquía de género que predominan en nuestra sociedad. Cuando se visualiza el cuerpo femenino como objeto consumible, al que se le niega subjetividad, voluntad y acción, se fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación y en la violencia simbólica. En este sentido, también hay una visión sexista del varón, que es presentado como un ser que no puede controlar sus impulsos sexuales'.
Este año, el Observatorio también incluyó a Showmatch entre los cuatro programas que más discriminan de la televisión argentina (junto Bendita TV, Antes del mediodía y Resumen de los medios). Entre las prácticas discriminatorias, la violencia de género fue la segunda más mencionada.
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