El máximo organismo de Justicia de Corrientes ratificó la condena que impuso al diario Primera Línea de Posadas (Misiones) la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé, por lo cual deberá indemnizar de acuerdo con la categoría profesional de prensa, a un corresponsal del matutino en esta ciudad correntina
En la sentencia del Superior N° 73/09, los ministros Fernando Niz, Guillermo Semhan, Carlos Rubín y Juan Carlos Codello desestimaron por extemporáneo un reproche de constitucionalidad presentado por la empresa demandada, y confirmaron el fallo dictado por el tribunal de Santo Tomé.
La Cámara acreditó la existencia de una relación de trabajo entre Primera Línea SA y el periodista, y encuadró su relación laboral en la de corresponsal del diario, según la categorización profesional vigente. En consecuencia, el periodista adquirió el derecho de percibir una importante suma de dinero derivada del despido injustificado.
El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia porque Primera Línea criticó la decisión de la Cámara de Apelaciones, argumentando que ésta habría prescindido del contrato de edición suscripto y reconocido por el profesional, al tiempo que desconoció el Estatuto del Periodista.
En una argucia, el diario dijo también que el periodista era utilizado transitoriamente y por tanto correspondía el pago por cada nota publicada. Sin embargo el trabajador presentó testimonios del producto de su trabajo y por tanto la Justicia falló a su favor.
Los ministros fundamentaron en la sentencia: “Ha quedado probado que la invocación de un contrato de Edición e Impresión -alegado por la empresa- no cubrió toda la actividad desplegada por el actor, sino solamente la realizada en el suplemento del diario, circunstancia que clarifica aún más el debate y evidencia la sin razón de la empleadora en su argumentación defensiva”.
En ese sentido, profundizaron que del examen de las constancias del caso, las publicaciones gráficas presentadas como prueba, y los testimonios de quienes declararon como testigos del periodista, quedó debidamente evidenciada la existencia de una relación de trabajo permanente, como corresponsal, entre el periodista y el diario posadeño
La Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN) saludó la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, por lo que significa para el trabajador en el reconocimiento de sus derechos y porque contribuye a erradicar el trabajo en negro dentro de la actividad periodística.
Buenos Aires, 26 de febrero de 2010
Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN)
Afiliada a la Federación Internacional de Periodistas (FIP)
José Insaurralde Gustavo Granero
Secretario adjunto Secretario general
Hugo Pafumi Rubén Corral
Pro secretario gremial Secretario gremial
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