lunes, 3 de agosto de 2009

DONDE ESTAN LOS 30 MIL MILLONES DE PESOS DEL GOBIERNO DE CHUBUT

Por Fernando Urbano
*En relación al pedido de Informes sobre la Publicidad Oficial.
Son estimados en diez mil (10.000) los contratos de publicidad, que faltan publicar en el Boletín Oficial.El monto de los mismos superaría los treinta (30) millones de pesos.La última vez que el Poder Ejecutivo dio a publicidad contratos celebrados por publicidad, fue en el Boletín Oficial del 6 de Mayo de 2009, y correspondió a servicios contratados y prestados en Septiembre de 2007.21 meses después de aquel Registro - de Septiembre de 2007,- se estima que son unos 10.000 mil los contratos que debieron ser publicados en el Boletín Oficial, dependencia que ahora debería utilizar unas 1600 páginas del actual formato de impresión, para poder publicar y poner al día la información que no se difundió en tiempo y forma.
Son 65 los medios, agencias y productoras publicitarias de Capital Federal y gran Buenos Aires, y 3 medios del exterior, los principales proveedores que facturan los montos más elevados.
Decenas de los casi 200 prestadores con los que contrata la provincia no tendrían las habilitaciones que otorga el COMFER debidamente actualizadas y muchos de ellos directamente no estarían reconocidos legalmente para ser prestadores de servicios de publicidad
.PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
El atraso en la publicación de las contrataciones de publicidad oficial a través del Boletín Oficial incumpliendo lo normado en la Ley Nº 3764 y el Decreto Nº 03/03, y;
CONSIDERANDO:Que la última contratación de publicidad oficial que se publicó corresponde a un contrato de publicidad del mes de septiembre de 2007, registrado bajo el Nº 30.973, contratación que se tramitara por Expte. Nº 7756-MCG-07, publicación que se verificó recién en el Boletín Oficial Nº 10729 del 6 de mayo de 2009;
Que a la fecha han transcurrido más de veintiún meses y no se ha cumplido con la manda legal de la publicidad de los actos de gobierno lo que implica que, significativamente, no se puedan conocer los gastos ocasionados en el rubro publicidad oficial;
Que a la fecha no se conocen públicamente cuantos contratos de publicidad se realizaron posteriores al registrado en el punto anterior;
Que el Decreto 03/03, en su Artículo 7º, establece que el primer día hábil de cada mes, la Dirección de Publicidad dependiente de la Subsecretaría de Información Pública, organismo que tiene a su cargo el Registro de Publicidad Oficial, debe enviar para su publicación un detalle analítico de cada contrato, en virtud de las operaciones registradas en el mes anterior;
Que asimismo en el mismo Decreto se indica que cada contrato de publicidad se debe publicar en el Boletín Oficial, con la identificación otorgada por el mencionado organismo, según el Sistema Registral de Publicidad Oficial.Que la obligación legal de concretar la publicación de tales datos surge de la publicidad que deben tener los actos de gobierno de modo tal que la sociedad pueda tener conocimiento en que se invierten los recursos públicos y la razón del gasto de los mismos.
Por ello:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en los términos y alcances establecidos en el inciso
3º) del artículo 134º de la Constitución Provincial, para que en el término de diez (10) días remita a esta Honorable Legislatura la siguiente información:
1) Nómina completa de los contratos de publicidad realizados desde el 1 de octubre de 2007 hasta 29 de julio de 2009, especificando los siguientes datos:
a) Número de Registro.
b) Numero de Orden de Publicidad.
c) Dependencia contratante.
d) Objeto del contrato.
e) Identificación del medio contratado, acompañando copia de la constancia de inscripción en el Registro de Agencias de Publicidad (R.A.P.) que lleva adelante el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) en el caso de agencias de publicidad y, de la habilitación del COMFER, cuando los prestadores de servicios fueren emisoras de radio AM y FM, y los correspondientes a emisoras de televisión, ya sean de emisión por aire, cable u otro sistema.f) Características de la publicidad contratada en cuanto a espacio, dimensión, duración y demás elementos que constituyan la unidad de medida de facturación, su monto y formas de pago.
2) Informe los motivos por los cuales no se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 7º del Decreto 03/03.
Artículo 2º-. De forma.-
* Diputado ARI-CC

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