El Sindicato de Prensa de Jujuy -filial de la FATPREN- manifiestó su enérgico repudio al ataque que sufrió la prensa en la ciudad de San Pedro, en la persona del compañero Rolando Clavijo. La agresión se produjo mediante el avasallamiento y prepotencia de las fuerzas policiales, a las órdenes de la justicia de esa ciudad jujeña, quienes impidieron el libre desempeño de su tarea en la cobertura de un accidente de tránsito que involucró a la legisladora provincial Carolina Moisés.
Al mismo tiempo, la organización exigió a las autoridades competentes que actúen y aclaren estos hechos que son de público conocimiento, para que el periodismo pueda desarrollar su tarea sin ningún tipo de condicionamientos.
En un comunicado suscripto por su secretario general, Jorge Calvetti, la entidad sindical señaló que "pugnamos por el libre ejercicio de nuestra profesión, en el derecho que nos asiste y en un marco de respeto y convivencia que son básicos en cualquier sociedad que se precie de ser democrática y resulta contradictorio entender que en el Día del Periodista, hace unos días, al compañero afiliado Rolando Clavijo se le reconoció su trayectoria periodística con la entrega de la medalla Macedonio Graz por parte del gobierno provincial y hoy sufre este atropello en la función antes reconocida".
El texto agrega que "desde nuestro lugar reivindicamos el ejercicio profesional del periodismo que representa un importante compromiso social. Los trabajadores de prensa reconocemos y garantizamos que nuestra labor informativa supone un cauce de manifestación de una opinión pública libre dentro del pluralismo de un Estado democrático y social de Derecho".
La FATPREN se solidariza con el compañero Clavijo, a la vez que se suma al reclamo de su filial por un pronto esclarecimiento de los hechos y determinación de las debidas responsabilidades.
Asimismo, también repudiamos el posterior ataque verbal que el intendente de San Pedro y padre de la legisladora involucrada, Julio Moisés, realizara hacia nuestro compañero en el marco de una conferencia de prensa.
Igualmente, expresamos nuestra profunda preocupación ante este cercenamiento al libre acceso a las fuentes de información y a la circulación, tal como lo establece el artículo 13 del Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908), máxime cuando esas limitaciones proviene de funcionarios judiciales cuya obligación es hacer cumplir la ley y no llamar a desconocerla.
Al mismo tiempo, la organización exigió a las autoridades competentes que actúen y aclaren estos hechos que son de público conocimiento, para que el periodismo pueda desarrollar su tarea sin ningún tipo de condicionamientos.
En un comunicado suscripto por su secretario general, Jorge Calvetti, la entidad sindical señaló que "pugnamos por el libre ejercicio de nuestra profesión, en el derecho que nos asiste y en un marco de respeto y convivencia que son básicos en cualquier sociedad que se precie de ser democrática y resulta contradictorio entender que en el Día del Periodista, hace unos días, al compañero afiliado Rolando Clavijo se le reconoció su trayectoria periodística con la entrega de la medalla Macedonio Graz por parte del gobierno provincial y hoy sufre este atropello en la función antes reconocida".
El texto agrega que "desde nuestro lugar reivindicamos el ejercicio profesional del periodismo que representa un importante compromiso social. Los trabajadores de prensa reconocemos y garantizamos que nuestra labor informativa supone un cauce de manifestación de una opinión pública libre dentro del pluralismo de un Estado democrático y social de Derecho".
La FATPREN se solidariza con el compañero Clavijo, a la vez que se suma al reclamo de su filial por un pronto esclarecimiento de los hechos y determinación de las debidas responsabilidades.
Asimismo, también repudiamos el posterior ataque verbal que el intendente de San Pedro y padre de la legisladora involucrada, Julio Moisés, realizara hacia nuestro compañero en el marco de una conferencia de prensa.
Igualmente, expresamos nuestra profunda preocupación ante este cercenamiento al libre acceso a las fuentes de información y a la circulación, tal como lo establece el artículo 13 del Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908), máxime cuando esas limitaciones proviene de funcionarios judiciales cuya obligación es hacer cumplir la ley y no llamar a desconocerla.
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