jueves, 20 de marzo de 2008

DECALOGO PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Atención periodistas y editor@s: les proponemos trabajar mejor 17.3.2008 La red PAR (Periodistas de Argentina en Red- Por un periodismo no sexista) acaba de lanzar un Decálogo para el tratamiento periodístico de la violencia contra la mujer. Se trata de 10 máximas simples y fáciles de cumplir por periodistas y editor@s de medios.

1- Es correcto utilizar los siguientes términos: violencia contra las mujeres, violencia de género y violencia machista.

2- La violencia de género es un delito -en tanto y en cuanto constituye una conducta antijurídica que debe ser prevenida y sancionada-, un problema social, un atentado contra el derecho a la vida, la dignidad, la integración física y psíquica de las mujeres y una cuestión concerniente a la defensa de los derechos humanos.

3-Desterramos de nuestras redacciones la figura de “crimen pasional” para referirnos al asesinato de mujeres víctimas de la violencia de género. Los crímenes pasionales no existen

4 – Lo importante es proteger la identidad de la víctima, no la del agresor. Dejar en claro quién es el agresor y quién es la víctima, y señalar cuales pueden ser las actitudes y situaciones que ponen en riesgo a la mujer en una relación violenta, para ayudarlas a toma conciencia sobre su estado.
5- Hay informaciones que pueden perjudicar a la víctima y a su entorno. No siempre es conveniente identificarla. Es ofensivo para la victima utilizar diminutivos, apócopes, apodos, etc. para nombrarla.

6- Nunca buscaremos justificaciones o “motivos” (alcohol, drogas, discusiones, celos, separación de la pareja, infidelidad, etc.), que sólo distraen la atención del punto central: la violencia. La causa de la violencia de género es el control y la dominación que determinados hombres ejercen contra las mujeres.

7-Es imprescindible chequear las fuentes, sobre todo las oficiales.

8 – Mantener el tema en agenda, denunciando la violencia en todas sus expresiones: psicológica, económica, emocional, sin esperar la muerte de las mujeres. Abordar el relato de los hechos tomando en consideración su singularidad, pero también aquello que lo asemeja a otros casos. Eso permitirá abandonar consideraciones tales como “otro caso de”…., “un caso mas de…”, evitando el efecto narcotizante.

9- Tener especial cuidado con las fotos e imágenes que acompañan las notas. Respetar a las víctimas y a sus familias, alejarse del sexismo, el sensacionalismo y la obscenidad. Nunca robar imágenes o audio a la víctima. Cuando se musicaliza, no usar temas que remitan al terror, ni que contengan letras que hablen de “amores enfermos” o celos.

10- Siempre incluiremos en la noticia un teléfono gratuito de ayuda a las víctimas y cualquier otra información que les pueda ser útil.

Este decálogo fue elaborado por las y los periodistas que integran PAR (Periodistas de Argentina en Red). Se trata de una construcción colectiva producto de debates y experiencias, que intenta ser un aporte al tratamiento no sexista de la violencia de género y el feminicidio.
EN EL CODIGO DE ETICA DE FOPEA TAMBIEN SE CONTEMPLA EL TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA DE GENERO:

Algunos artículos de su código de ética que se pueden vincular con el tratamiento de violencia de género:
.34. Deben evitarse las generalizaciones que dañen a grupos minoritarios, las demarcaciones sexistas, las observaciones provocativas y losprejuicios de cualquier tipo.
35. En toda información debe respetarse el principio constitucional de inocencia de cualquier persona mientras una culpabilidad no hubiera sido probada judicialmente. Los pronunciamientos de las fuentes policiales no son suficientes para determinar culpas ni siquiera cuando tienen la forma de comunicados oficiales.
36. Siempre se debe buscar que la persona acusada de participar de un delito dé su visión de los hechos en la información.
37. En el caso de que víctimas de tragedias o incidentes, o sus familiares y allegados, prefirieran no exponerse a la prensa, debe respetarse su posición y evitar difundir imágenes o sonido del momento en el que rehúsan la requisitoria periodística.
38. No deben publicarse los nombres de víctimas de delitos sexuales, a menos que se cuente con su consentimiento explícito.
39. En ningún caso deben consignarse los nombres e imágenesde niños o adolescentes involucrados en actos criminales, ni siquiera por su nombre de pila, alias o apodo.
FUENTES:
FOPEA
Chile 924 3 E (C1098AAR)
Capital Federal
Tel/Fax +54 11 4334-5482
AGENCIA DE INFORMACION ARTEMISA

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